30/12/15

Rectificación (de un malentendido) . . .



Hace ya tiempo que algunas personas (Entre las que me incluyo con carácter preferente) venimos “dando lecciones” a nuestros amigos y allegados sobre la necesidad de modificar el sistema electoral para evitar que los pequeños partidos de ámbito nacional sufran la injusticia de que cada escaño conseguido les cueste 461.000 votos (Caso Izquierda Unida), o que con 220.000 votos no obtengan ningún diputado (Caso PACMA), en tanto que a otros, como PP y PSOE, les baste con 60.000 votos, o (el caso del PNV) los consigue tan solo por 50.264 votos.

Y un servidor, dándoselas de “entendido” y aprovechándose de la ignorancia general (que, en este asunto, es aún mayor que la mía, aunque algo más prudente) ha venido afirmando desde hace unos cuantos años que no resultaba posible modificar la Ley Electoral, porque hacía falta el voto de 2/3 (234 Diputados) de la Cámara, pero sin embargo se podía aumentar el número de diputados de los 350 actuales a 400 y proponer que los 50 nuevos se eligieran en una circunscripción única con los votos “desperdiciados” de todos los partidos mediante la simple modificación del Reglamento Electoral que tan sólo requería la mayoría absoluta (176 Diputados).

Hoy sin embargo un buen amigo, abogado para más señas, me ha sacado del error advirtiéndome que la cifra de 350 diputados viene marcada en la Ley Electoral (Artículo 162.1) así como el reparto por provincias que sólo puede modificarse (levemente) en función de aumentos o disminuciones de población.

Como esta persona, aunque en general callada, es hombre serio, he dado por buena su información y acabo de comprobarla fehacientemente.




Por este motivo, tras años de haber andado propalando una información “falsa”, me siento en la obligación de rectificarla públicamente.

Afortunadamente, a efectos prácticos, como a “todos los tontos se nos aparece la virgen”, he podido comprobar que, pese a ello y pese a los 124 escaños de D. Mariano Rajoy, la Ley Electoral puede modificarse con 176 votos a favor ((Artículo 81.2 de la Constitución)
 
 
y los 2/3 solo con necesarios para modificar la Constitución.

Si no somos demasiado necios ni nos enredamos en peleas absurdas, lo cierto es que (Si hay voluntad por parte del PSOE en permitirlo) se estaría en condiciones de conseguir hasta un total de 201 votos favorables a dicha modificación sin necesidad siquiera de contar con los de PNV, ERC, CIU, Bildu o Coalición Canaria que es muy probable que no quisieran colaborar dado lo ventajoso que les resulta el actual sistema.

Comprendo que la cosa no será fácil.


Pero pienso que debiéramos convertir este asunto en una prioridad habida cuenta de que en estos momentos "Ciudadanos" está de acuerdo con dicha modificación.

En todo caso me barrunto que el Partido Popular, aunque muy probablemente (Pese a la ayuda de D. Felipe González, Dª Susana Díaz y otros dirigentes del PSOE) no conseguirá  formar gobierno, se agarrará al sillón manteniéndose “en funciones” unos cuantos meses para ver si, entre medias, los barones del PSOE, las fantasías nacionalistas de ERC (Y en menor medida de “En Comú”) y la sempiterna desunión de “la Izquierda, hacen descarrilar cualquier posibilidad de quitarles a ellos (El PP) el mango de la sartén.

Ojalá me equivoque.

Saludos.    

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